Inscripción de Obra o Faena en Registro de Intermediarios Agrícolas (Contratos de Temporeros)

¿Qué es?
Conforme lo previsto en el artículo 92 bis del Código del Trabajo, las personas que se desempeñen como intermediarias de trabajadores agrícolas -enganchadores y prestadores de servicios como contratistas- y aquellos que presten servicios como contratistas en empresas comerciales o agroindustriales derivadas de la agricultura, de la explotación de madera u otras afines, deberán inscribirse en un registro especial que para estos efectos lleva la Inspección del Trabajo. Esta exigencia permite facilitar la fiscalización de la formalización de los trabajadores agrícolas de temporada y, con ello, el pleno cumplimiento de sus derechos laborales.

Estos prestadores de servicios deben inscribir todas y cada una de las obras o faenas en las que participen y, a su turno, el mandante o contratante de sus servicios, para precaver la eventual responsabilidad subsidiaria por los eventuales incumplimientos laborales de aquellos, podrá exigir tal registro.

El registro de la obra o faena se encuentra en íntima relación con la obligación de acompañar copia del contrato de trabajo del trabajador agrícola de temporada (en caso de faenas de más de 28 días).

¿Cuáles son las ventajas de realizar este trámite por vía electrónica?
.    Facilita el cumplimiento y control de las obligaciones y derechos laborales relativos a trabajadores agrícolas de temporada (temporeros).
.    Facilita la delimitación de responsabilidades laborales directas y subsidiarias.
.    Promueve una relación más precisa y transparente entre los empresarios involucrados en labores agrícolas.

¿Quiénes deben realizarlo?
Intermediarios agrícolas que se desempeñen como simples enganchadores y contratistas.

¿Qué se necesita?
.    Estar inscrito en el Registro de Intermediarios Agrícolas.
.    Identidad del empleador agrícola a quien le prestará sus servicios.
.    Nómina de trabajadores involucrados en la prestación de los servicios, con indicación de sus cédulas de identidad.
.    Identificación de la obra o faena a desarrollar con los trabajadores señalados y su duración estimativa.
.    Estar registrado para obtener clave de acceso. En el mismo sitio, www.direcciondeltrabajo.cl, o en oficinas de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

¿Cómo se hace?
.    Pinche en la opción "Trámites en línea" del portal de la Dirección del Trabajo (www.direcciondeltrabajo.cl).
.    Ingrese su RUT y clave secreta.
.    Seleccione la opción "Intermediario Agrícola" y se desplegará el listado de declaraciones realizadas anteriormente, en caso de haberlas.
.    Seleccione "Nueva Declaración".
.    Ingrese los datos de la empresa mandante, de la obra a declarar, seleccione una de las direcciones comerciales registradas o ingrese una nueva  y pinche en "Paso siguiente".
.    Seleccione en qué calidad de intermediario desarrollará sus labores en la obra y pinche en "Paso siguiente"
.    Seleccione la opción de desplazamiento de los trabajadores y pinche en "Paso siguiente".
.    Para ingresar los datos de los trabajadores, pinche en "Ingresar Nuevo Trabajador" e ingrese los datos del mismo. Pinche en "Agregar".
.    Ingrese los datos de todos los trabajadores y cuando finalice pinche en "Confirmar".

Costo del trámite
Sin costo